Para entender la gnoseología jurídica, considero pertinente hacer un recordatorio de lo que es gnoseología en general, palabra que proviene del griego gnosis, que significa «conocimiento» o «facultad de conocer», y logos, que es «razonamiento» o «discurso», La gnoseología es una rama de la filosofía que estudia la naturaleza, el origen y el alcance del conocimiento. También llamada teoría del conocimiento, pero no de cualquier conocimiento como el estudio de la física, la matemática o nuestro alrededor inmediato, sino del conocimiento general, aunque si puede debatir sobre los limites y el fundamento de otros conocimientos particulares.
Existen ciencias que se ocupan del conocimiento desde distintos puntos de vista, tales como la psicología que lo hace revolviendo los aspectos de la vida mental que en el conocer están implícitos. La lógica en cuanto a la corrección o incorrección de las proposiciones y de los razonamientos o argumentaciones, y no en la relación entre el conocimiento y el objeto del mismo. La ontología, de los hechos atendiendo al objeto, a la naturaleza de los objetos del conocer, a su clasificación en reales o ideales (matemática y lógica).
Existen doctrinas filosóficas que explican distintas formas de obtener conocimiento, siendo las siguientes:
El dogmatismo: es una doctrina filosófica según la cual podemos adquirir conocimientos seguros y universales, y tener absoluta certeza de ello. Puede haber también un dogmatismo de la experiencia, como el que se dio entre estoicos, cínicos y epicúreos, que niegan la validez de afirmaciones universales pero afirman la certeza completa de la experiencia sensible (lo que percibimos por medio de los sentidos). A este dogmatismo empirista se opusieron fuertemente dos académicos, Arcesilao y Carnéades, y el más famoso escéptico, Sexto Empírico.
El escepticismo: es una teoría filosófica opuesta al dogmatismo la cual duda de que sea posible un conocimiento firme y seguro, en algunos ámbitos del saber (un escepticismo más moderado) o en todos (un escepticismo radical). Esta postura fue defendida por Pirrón.
El criticismo: es una doctrina filosófica intermedia entre el dogmatismo y el escepticismo, admite la existencia de la verdad absoluta, y la posibilidad de acercarnos a ella por medio de la crítica: es decir, la eliminación de hipótesis falsas, otorgándonos verdades provisionales. Cualquier verdad provisional sigue estando sometida a la falsabilidad (que se puede falsear, es decir, desmentir), de tal forma, que jamás exista la certeza de que una verdad provisional sea verdad absoluta. Tal doctrina fue defendida por Emmanuel Kant.
El relativismo: es una corriente de pensamiento filosófico, defendido por los sofistas, que niega la existencia de una verdad absoluta y defiende la idea de que cada individuo posee su propia verdad, la cual depende del espacio y el tiempo. Un prototipo de sofista, al menos como lo presenta Platón, sería Protágoras de Abdera.
El perspectivismo: es una doctrina filosófica que defiende la existencia de una verdad absoluta pero piensa que ninguno de nosotros podemos llegar a ella sino que llegamos a una pequeña parte. Cada ser humano tiene una vista de la verdad. Dicha actitud fue defendida por José Ortega y Gasset.
El racionalismo: propuesto por René Descartes que pensaba que los seres humanos nacían con ideas, tales como la idea de Dios, y que el conocimiento proviene del razonamiento.
El empirismo: desarrollado por los filósofos ingleses John Locke, George Berkeley y David Hume, los cuales, basándose y siguiendo las enseñanzas de Aristóteles, sostienen que todo conocimiento proviene de la experiencia, y que el hombre es al nacer, no tiene ninguna idea preconcebida y en la cual las experiencias van dejando su marca, al contrario de lo que sostenía Descartes.
El idealismo: desarrollado en 1781 por el filósofo alemán Emmanuel Kant; que publicó su obra “la Crítica de la Razón Pura”, consistente en la que critica tanto al racionalismo como al empirismo y propone una alternativa superadora: el idealismo trascendental. Con ello propuso un «giro copernicano» en la filosofía moderna, donde el sujeto ya no es pasivo frente al mundo, sino que pasa a ser un sujeto activo que «construye» el objeto de su conocimiento. De este modo, Kant propone que el mundo nouménico permanece incognoscible para el sujeto, que sólo puede conocer el mundo fenoménico, mediado por las intuiciones puras del espacio y el tiempo, las categorías del intelecto y las ideas regulativas de la razón. A partir de entonces, la gnoseología ha intentado volver a recuperar el conocimiento del mundo. La obra de Kant dio inicio al idealismo alemán, escuela que tuvo a sus mayores exponentes, además del propio Emmanuel kant, en Johann Gottlieb Fichte, Friedrich Wilhelm Joseph von Schelling y Georg Wilhelm Friedrich Hegel.
El constructivismo: es una doctrina filosófica según la cual el sujeto «construye» su propia realidad de acuerdo a su percepción mental, es decir que no se le da al ser humano la visión del mundo, sino que se construye a partir de su interacción con los objetos, de tal manera que no es solo la experiencia pura lo que crea el conocimiento, sino la transformación de las estructuras por el sujeto (Estructuralismo). Jean Piaget desarrolló su teoría del constructivismo genético, con la cual busca dilucidar la «génesis» de las estructuras en el individuo, a partir de la observación de niños desde su nacimiento hasta la adolescencia. Los principios de esta construcción de estructuras son la asimilación y la acomodación, conceptos que Piaget tomó de la biología.
El materialismo dialéctico: es una postura filosófica, desarrollada por Karl Marx y Friedrich Engels, según la cual el conocimiento es un «reflejo» de la realidad en el sujeto que conoce. El conocimiento se produce de forma social, si bien lo realizan los individuos concretos, por medio de su actividad, en el proceso de transformar la realidad. Es una doctrina basada en la lucha de contrarios, es decir, que la historia es un ir y venir de clases sociales que se mantienen en antagonismo, como ejemplo el feudalismo niega la esclavitud, el capitalismo niega el socialismo, siempre la sociedad negada intenta superar o conquistar a la que la negó. V. I. Lenin también contribuyó a esta corriente, con su obra Materialismo y empiriocriticismo.
El objetivismo: es el sistema filosófico desarrollado por la filósofa y novelista Ayn Rand. Sostiene que existe una realidad independiente de la mente humana, que los individuos están en contacto con ésta a través de la percepción de los sentidos, que adquieren conocimiento procesando los datos perceptivos utilizando la razón. Ésta teoría parte de los principios de la lógica y metafísica.
La gnoseología jurídica es entonces la rama de la Filosofía General que estudia única y exclusivamente al conocimiento Jurídico, es decir, el Derecho, por lo que limita la capacidad de estudio; porque si la gnoseología estudia las ciencias en general; la gnoseología jurídica solo se encarga del estudio y la explicación del Derecho y dentro de ella existe la clasificación de tres grados del conocimiento jurídico, según la materia, en este caso de la filosofía del derecho, del más simple al más complejo o del menor al mayor, siendo los siguientes:
- El conocimiento empírico o vulgar (perteneciente al vulgo, común o gente popular): es el grado de conocimiento menor, mediante una simple captación de la realidad, a través, o con la ayuda de los sentidos. Recordemos que va desde el alumbramiento materno hasta el día en que mamá nos toma de la mano y nos lleva por primera vez a un centro educativo. El hombre en su primera fase inicial comienza a evolucionar en el crecimiento físico, cronológico y a través de la edad se establece que el conocimiento del hombre es empírico o vulgar, ese conocimiento lo consigue poco a poco a través de las vivencias del día a día.
- El conocimiento científico o racional: es un grado superior al conocimiento empírico, cuya única fuente es el intelecto, la mente o la razón, inicia desde ese día que mamá nos lleva a un centro educativo y concluye con el título universitario, fecha hasta la cual se estará incurriendo en un grado o tipo de conocimiento científico o racional.
- Conocimiento filosófico: es el grado más elevado del saber, al que puede aspirar el intelecto humano y comienza desde el momento mismo en que obtienen el titulo universitario, y se le esta dando paso al conocimiento filosófico. Por lo que, si quien tiene un titulo de técnico superior puede sentirse plenamente convencido si efectivamente en su escala del intelecto humano conoce el 99% de lo que está ejerciendo, será un conocimiento filosófico.
Ahora bien, la epistemología es también una teoría del conocimiento pero se distingue de la gnoseología por estar asociada al conocimiento científico (episteme) o sea, a las investigaciones científicas y todos los principios, leyes e hipótesis.
El autor Carlos Ignacio Massini, escribió sobre lo justo concreto, explicando que el Emperador Augusto otorgó, en los comienzos de la era cristiana, el IUS PUBLICE RESPONDENDI -que significa que sus respuesta a los casos en que eran consultados tendrían fuerza de ley- a los más notables juristas de la Roma Imperial, lo hizo en virtud de su reconocida calidad de iuris prudentis, es decir, de poseedores, en grado eminente, de una especial forma de conocimiento jurídico: el “prudencial». Papiniano, Ulpiano, Gayo, Paulo y Modestino, se destacaban entre los hombres de derecho romanos por su especial aptitud para investigar cual era la solución justa para cada uno de los casos concretos sobre los que se les consultaba. Ese conocimiento acertado de lo que era derecho en cada situación singular llamado -IURIS PRUDENTIA- dio posteriormente el nombre, por una derivación lingüística, a la ciencia del derecho y a las normas que tienen su origen en las sentencias de los tribunales.
Si tomamos como ejemplo a la ley, resulta evidente que todo su sentido se agota en la dirección del obrar humano y que es ese mismo obrar el que, en sentido propio, puede denominarse “derecho”. Recurriendo a un argumento de tipo lingüístico, vemos que si lo contrario a derecho es lo torcido o el agravio y ello consiste en una cierta conducta, resulta claro que “derecho” solo podrá predicarse (por ser necesariamente los contrarios del mismo género) de una cierta conducta de sentido opuesto. En ese mismo sentido, Santo Tomás de Aquino escribe que “derecho (ius) o lo justo, es una cierta obra (opus) adecuada a otro y que en nuestras obras (opere) se llama justo lo que según alguna igualdad corresponde a otro. Tal es el derecho (ius)”.
Para tener un mayor entendimiento de la gnoseología en el aspecto jurídico, como ejemplo: José mata a Manuel, la conducta de José es el hecho jurídico, el cual tiene una significación jurídica –contravino un valor ético -la vida-, hecho que todavía hay que determinar en la norma jurídica, pues el hecho existe, es ontológico y con sentido jurídico, lo cual se conoce como ontología jurídica.
Cuando ese hecho jurídico es puesto a conocimiento de quienes deben calificar el hecho, es decir las autoridades, el juez -notio- se convierte en un fenómeno jurídico, esto se denomina gnoseología jurídica.
Posteriormente, al tener el juez conocimiento sobre un hecho jurídico, inicia el proceso y se convocando a las partes para que declaren -vocatio- si no lo hicieren puede utilizar la fuerza -coertio-; además, realiza las diligencias pertinentes para la comprobación de las tesis y valorar los hechos jurídicos y las pruebas, lo cual realiza el juzgador por medio de la lógica jurídica, hasta llegar a una conclusión, una sentencia -iudicium- en la cual se exponen los argumentos y la forma en que se probó el hecho jurídico, por lo que al finalizar el proceso y comprobar las tesis de acusación del Ministerio Publico o de la defensa, se llega a la verdad y estamos frente a la epistemología, que es el conocimiento científico.
Deja un comentario